La Dirección Legal Ambienta de la SDA, conceptúa que el Proyecto de Acuerdo 080 de 2021, mediante el cual se busca incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte en las empresas privadas, buscando evitar y reducir los niveles de contaminación atmosférica, emisión de gases de efecto invernadero y la congestión en Bogotá” es JURÍDICAMENTE VIABLE
A través del acto administrativo la SDA establece que el Proyecto de Acuerdo No. 153 de 2020, “Por el cual se prohíben progresivamente en el Distrito Capital la fabricación, importación, comercialización y distribución de plásticos de un solo uso y se dictan otras disposiciones”, es jurídicamente inviable.
El jardín Botánico de Bogotá deberá continuar con las actividades que considere urgentes y necesarias para el sostenimiento de una de las áreas más importante de la ciudad de Bogotá.
La SDA, expidió dos actos a través del cuales resolvió un recurso de reposición frente a las resoluciones 3931 de 2019 y 1979-2019, por las cuales se estableció el factor regional a la Empresa De Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá – EAAB-ESP para los años 2015 y 2019, respectivamente. No son de recibo por parte de esta autoridad ambiental los argumentos del recurrente
La Secretaría Distrital de Ambiente modificó el artículo 1 de la Resolución 1039 de 2002, en el sentido de reasignar doscientos trece (213) cupos de Publicidad Exterior Visual destinados a vehículos de servicio particular tipo taxi y de que trata el artículo 2 de la Resolución 1039 de 2002, hacia vehículos del Sistema Integrado de Transporte Público Colectivo de Pasajeros.
A través del acto administrativo se suspenden los términos procesales en los tramites y actuaciones administrativas la Dirección de Control Ambiental, Dirección Legal Ambiental, Dirección de Gestión Corporativa, y la Subsecretaria General y de Control Disciplinario, Oficina de Participación, Educación y Localidades.
A través del acto administrativo se suspenden los términos procesales en los tramites y actuaciones administrativas la Dirección de Control Ambiental, Dirección Legal Ambiental, Dirección de Gestión Corporativa, y la Subsecretaria General y de Control Disciplinario, Oficina de Participación, Educación y Localidades
La SDA concluye que el proyecto de Acuerdo 191 de 202 “Por medio del cual se modifica el Acuerdo 470 de 2011 y se dictan otros lineamientos para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias ocurridas en los sistemas de Transporte Vertical en la Ciudad” es jurídicamente viable.
La SDA determina que, podrá darse viabilidad jurídica al proyecto de acuerdo 204 de 2020, “Por medio del cual se establece que la administración distrital tome medidas para desincentivar la utilización de utensilios de un solo uso fabricados en plástico y poliestireno expandido” si se logra una articulación con los demás proyectos de acuerdo que guardan relación con el tema plásticos de un solo uso; permitiendo la acumulación de los mismos.
La SDA determinó que, el Proyecto de Acuerdo No. 161 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas para la protección del medio ambiente y se prohíbe la contratación de suministros de productos plásticos de un solo uso en las entidades distritales y se dictan otras disposiciones en Bogotá D.C”, es jurídicamente inviable.