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Miércoles, 10 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La variable CERi,m se encuentra definida como “costo mensual de las contribuciones a las entidades de regulación (CREG) y control (SSPD), liquidado al comercializador minorista conforme a la regulación vigente.”

El procedimiento de conexión que debe seguirse para los Autogeneradores a Gran Escala (AGGE), con capacidades entre 1 MW a 5 MW es el establecido en la CREG 030 de 2018. Se aclara que la Comisión establecerá procedimientos simplificados para autogeneradores con excedentes de energía menores a 5MW.

A través de un comunicado, el MinMinas anuncio que, “durante la presentación de los diez hitos del sector minero-energético en 2021, el Ministro de Minas y Energía, Diego Mesa, aseguró este será el año para impulsar la reactivación sostenible de Colombia, que se traducirá en equidad, desarrollo y nuevas oportunidades para el país y sus regiones, en tres ejes estratégicos: Transición Energética, seguridad energética y diversificación y formalización minera.”

A través del acto administrativo la CREG hace público el proyecto de resolución “Por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el Sistema Interconectado Nacional” para que los interesados remitan sus comentarios a través del correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. dentro de los 15 días siguientes a la publicación del documento.

De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, respecto del cálculo de los componentes de costo de comercialización   y de distribución de energía eléctrica, para el caso del área Caribe, deberá seguirse lo dispuesto en la Resolución CREG 010 de 2020.