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Domingo, 14 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

 La Entidad clarifica el procedimiento para radicar proyectos de generación de energía eléctrica a partir de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE), Gestión Eficiente de la Energía (GEE) e Hidrógeno, y la obtención de certificados para acceder a incentivos tributarios bajo las Leyes 1715 de 2014 y 2099 de 2021. Establece que el pago mínimo de la tarifa debe acreditarse mediante el portal PSE y es de naturaleza legal, no voluntaria. Los solicitantes deben presentar el número de radicado de inscripción efectiva en el registro de proyectos ante la UPME y especificar claramente el potencial punto de conexión, con detalles precisos del transformador o circuito. Además, solo deben incluir bienes y servicios listados en los Anexos 1, 2 y 3 de la Resolución UPME 000135 de 2025 para evaluación.

La Entidad invita a interesados y público general a presentar comentarios al proyecto de resolución que establece el procedimiento para resolver solicitudes de conexión de usuarios finales, conforme a la Resolución CREG 075 de 2021, modificada por la Resolución CREG 101 020 de 2023, y que deroga la Resolución UPME 1041 de 2024. El proyecto, junto con la memoria justificativa y el formulario para observaciones, está disponible para consulta. Los comentarios deben enviarse diligenciando el formulario y remitirse al buzón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el 12 de junio de 2025. Esta iniciativa busca actualizar y unificar el procedimiento para mejorar la gestión de las solicitudes de conexión.

MinMinas llamó la atención sobre la necesidad de optimizar la inversión en tecnología gestionada por XM debido a que se ha invertido una gran cantidad de recursos públicos, provenientes del bolsillo de los colombianos, y es fundamental que estos gastos generen resultados efectivos y aporten a la mejora del sistema eléctrico nacional. El ministro Edwin Palma destacó la importancia de que los recursos tecnológicos fortalezcan la infraestructura y la operación del sistema, especialmente en esta etapa de integración de energía limpia. Recalcó que no se deben permitir proyectos fallidos ni inversiones ineficientes mientras usuarios enfrentan tarifas elevadas y fallas en el servicio eléctrico. Así, se busca asegurar que la inversión tecnológica se traduzca en una mejor operación y seguridad energética para el país.

La Entidad precisa que la garantía para reserva de capacidad debe inicializarse en un valor equivalente al 50% calculado según el artículo 24 de la Resolución CREG 075 de 2021 para proyectos vinculados a expansiones del SIN, pero debe actualizarse al 100% cuando se oficialice el ingreso del proyecto de expansión que conecta el proyecto de generación. Esta actualización debe realizarse en un plazo de un mes desde la oficialización, con entrega y aprobación de la garantía al ASIC; de no hacerlo, se considera incumplimiento y puede ejecutarse la garantía conforme al artículo 25 de la misma resolución. Los motivos de ejecución incluyen falta de actualización, incumplimientos reiterados y no conexión a la operación con al menos el 90% de la capacidad asignada. Existen excepciones para proyectos con avances superiores al 60%, que pueden ejecutar el 80% de la garantía. Además, la garantía debe actualizarse anualmente con base en el IPP y en la tasa de cambio vigente.

El procedimiento para cambiar una instalación fotovoltaica de un proyecto sin entrega de excedentes a uno con excedentes, conforme al anexo 5 de la Resolución CREG 174 de 2021, requiere realizar nuevamente el proceso de conexión ante el operador de red, acorde a la condición específica de la instalación (aplicando o no el estudio de conexión simplificado). Se deben adicionar documentos que indiquen que la instalación es existente y detallen los cambios a realizar, presentándolos junto con el formulario de conexión simplificado. Para la verificación de capacidad, se debe considerar la potencia máxima adicional declarada. Si no se aprueban los cambios, se pueden mantener las condiciones iniciales de aprobación.