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Domingo, 14 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

El Informe Final del Estudio de Unidades Constructivas de la Actividad de Transmisión de Energía Eléctrica, publicado por la CREG, presenta una consultoría contratada a ISES Soluciones Especializadas para identificar nuevas tecnologías que optimizan el sistema de transmisión. El estudio incluye la metodología para la identificación y valoración de nuevas unidades constructivas (UC), así como la actualización de las existentes y la propuesta para su actualización periódica. Además, se entregan archivos con los valores resultantes para cada UC, preservando la confidencialidad de la información. Este análisis servirá como insumo para futuras metodologías de remuneración en transmisión, sin implicar su adopción inmediata o total.

La energía firme por cargo de confiabilidad (ENFICC) en plantas solares y eólicas se determina mediante metodologías reguladas por las Resoluciones CREG 101-6 y 101-7 de 2023. Estas metodologías establecen criterios para calcular la disponibilidad efectiva de energía renovable considerando variables climáticas y operativas, utilizando modelos probabilísticos para estimar la capacidad de generación confiable a lo largo del tiempo. Para facilitar el cálculo, la CREG dispone de herramientas en formato Excel con macros, contenidas en la Circular CREG 22 de 2024, que permiten aplicar las metodologías MCP (Modelos de Cálculo de Potencia) para evaluar la energía firme de cada planta, considerando su perfil de generación y los factores de confiabilidad previstos en la regulación.

Ministerio de Minas y Energía convoca a los Operadores de Red a presentar planes y proyectos para la normalización de redes eléctricas en barrios subnormales, incluyendo sistemas de autogeneración a pequeña escala (AGPE) basados en fuentes no convencionales de energía. El objetivo es mejorar la infraestructura, legalizar el acceso, y promover el uso de energías renovables en el marco del Programa PRONE. Los proyectos deben cumplir criterios técnicos y económicos y podrán ser administrados por prestadores públicos o comunidades energéticas. Se establece un periodo de subsanación para corregir documentación y se aplican lineamientos para evaluar la viabilidad de los proyectos.

MinAmbiente autorizó la sustracción definitiva de 0,3113 ha y temporal de 0,23285 ha de la Reserva Forestal Protectora Productora La Cuenca Alta del Río Bogotá, a favor del Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P., para el proyecto UPME 03-2010 que incluye la construcción, operación y mantenimiento de subestaciones y líneas de transmisión en Nemocón, Cundinamarca. La sustracción temporal tendrá una vigencia de 10 meses, prorrogable una sola vez por igual término, tras lo cual el área recuperará su condición de reserva. Se determina que estas afectaciones no perjudican significativamente la función protectora de la reserva ni los atributos geológicos y ecosistémicos, y se establecen medidas compensatorias, incluyendo un plan de restauración ecológica.

En respuesta a la consulta sobre montar una minigranja solar para generación distribuida y venta al SIN, la CREG señala que existe información detallada sobre la normativa aplicable, procedimientos para ser generador distribuido o autogenerador a pequeña escala, reglas de medición y comercialización. Además, en 2022 se realizaron varios talleres y videos explicativos sobre la generación distribuida y autogeneración conforme a las resoluciones CREG 135 y 174 de 2021, cuyos enlaces están disponibles para consulta. Para dudas específicas, se puede contactar a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.