La CRA indicó que no es posible la aplicación de la medida del desincentivo al consumo excesivo de agua potable, a aquellos usuarios que no se encuentren medidos, teniendo presente que para determinar si el consumo del suscriptor y/o usuario se encuentra por encima del nivel fijado, se requiere que exista una medición que permita establecer claramente el número de volumen de agua consumido por el suscriptor por encima de dichos niveles y realizar así el cálculo del desincentivo.