La vigencia de la aprobación de conexión para generadores distribuidos y proyectos de autogeneración de pequeña escala, según la Resolución CREG 174 de 2021, establece plazos específicos y la posibilidad de solicitar prórrogas. Los usuarios deben gestionar la conexión en un plazo de seis meses, con una prórroga adicional de tres meses, sin necesidad de justificación. Sin embargo, si no se cumple con la conexión en el tiempo prorrogado, se debe iniciar un nuevo trámite. La normativa busca facilitar la integración de estos proyectos en el sistema eléctrico, considerando posibles retrasos por causas ajenas al control de los generadores.