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CREG: regulación de la autogeneración a gran escala y su relación con la venta de energía a terceros

Escrito por  Abr 09, 2025

La regulación de la autogeneración a gran escala (AGGE) por la CREG está delineada principalmente en la Resolución CREG 174 de 2021 y la Resolución CREG 024 de 2015. La primera regula el proceso de conexión para autogeneradores con potencias menores a 5 MW, mientras que la segunda establece el marco para la venta de la energía excedente generada. Los AGGE deben ser representados en el mercado mayorista por agentes generadores para comercializar su energía, y no pueden actuar directamente en el mercado.

Los excedentes generados por un AGGE pueden venderse a agentes comercializadores regulados y no regulados, siguiendo distintas modalidades. Para el mercado regulado, deben participar en convocatorias públicas establecidas en la Resolución CREG 130 de 2019, que también regula la inclusión de compras propias. En el caso de la energía destinada a usuarios no regulados, puede negociarse libremente. Si un tercero realiza la inversión en el proyecto, también se requiere representación por un agente generador para comercializar esos excedentes, ya que estas transacciones no están sujetas a regulación directa de la CREG.

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Modificado por última vez en Martes, 08 Abril 2025 18:51