La Entidad precisó que la Corte Constitucional y el Consejo de Estado ratifican que este principio, que busca proteger los derechos del contribuyente, permite la aplicación de normas más favorables en sanciones tributarias y cobros. Este principio no solo se aplica en la fase de determinación, sino que se extiende al procedimiento de cobro coactivo, garantizando que las sanciones se ajusten a la norma más favorable al administrado, incluso si ello implica una norma más reciente. Además, es vinculante para los funcionarios de la DIAN, quienes deben acatar los conceptos emitidos sobre este principio. En este contexto, cualquier norma sancionatoria benigna debe considerarse válida para reducir las afectaciones al contribuyente, reafirmando así su carácter de protección.