La naturaleza del IVA es de carácter real y se aplica tanto a los servicios prestados dentro del territorio nacional como a los ofrecidos desde el exterior. La prestación de servicios audiovisuales abarca actividades que involucran contenido como música, videos y transmisiones, y se extiende también al streaming de servicios digitales. Para el cálculo del IVA, la base gravable generalmente será el valor total de la operación, y es importante verificar si los servicios califican para alguna exclusión estipulada en la ley.