La DIAN precisa que las fiduciarias que administran varios patrimonios autónomos sin NIT individual pueden presentar una declaración consolidada de IVA, en la cual se reflejen los saldos a favor de cada patrimonio. Estos patrimonios deben llevar un registro contable individualizado, y la fiduciaria debe realizar una única declaración de IVA para todos, desglosando los factores atribuibles a cada uno si la DIAN lo solicita. Aunque en la declaración consolidada se puedan estimar saldos a favor, la devolución solo procederá si en la declaración correspondiente se liquide un saldo a favor específico. La fiduciaria tiene la facultad de solicitar la devolución de estos saldos a favor ante la DIAN, y los patrimonios responsables del IVA pueden generar saldos a favor que, si cumplen los requisitos, serán objeto de devolución o compensación. Sin embargo, si la declaración resulta en saldo a pagar, no hay lugar a solicitud de devolución, independientemente de los saldos teóricos que puedan existir en los patrimonios sin NIT. En conclusión, la devolución solo procede cuando exista un saldo líquido a favor en la declaración correspondiente y cumpliendo con los requisitos establecidos por la normativa tributaria.