Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Precisiones del Ministerio de Ambiente sobre la garantía de cumplimiento establecida en la nueva Ley de procedimiento sancionatorio ambiental

Escrito por  Jun 13, 2025

El Ministerio de Ambiente aclara aspectos fundamentales sobre la garantía de cumplimiento establecida en la Ley 2387 de 2024, que adiciona el artículo 18A a la Ley 1333 de 2009. Esta garantía es requerida para la suspensión y terminación anticipada del procedimiento sancionatorio ambiental por corrección y/o compensación ambiental. El concepto señala que el presunto infractor debe constituir una garantía que ampare el cumplimiento de obligaciones y los costos de las medidas aprobadas. Aunque el legislador no especifica el tipo de garantía, se permite optar por pólizas, seguros, garantías bancarias u otros instrumentos reconocidos por el mercado, sujetos a evaluación por la autoridad ambiental. Además, se establece que la determinación del monto debe considerar los costos asociados a las medidas técnicas y los servicios de evaluación, control y seguimiento que la autoridad ambiental defina. Así, el Ministerio precisa el marco jurídico para la aplicación efectiva de esta figura, respetando las competencias y regulaciones existentes.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 12 Junio 2025 22:01