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Ministerio del Trabajo reiteró que está prohibido restringir el uso de baños en empresas

Escrito por  Ago 12, 2025

El Ministerio del Trabajo señala que restringir el uso de baños mediante candados vulnera la dignidad y derechos laborales de los trabajadores, protegidos por la Constitución y la Ley 1562 de 2012, que obliga al empleador a garantizar condiciones dignas y adecuadas de higiene y bienestar laboral. Limitar el acceso a servicios sanitarios afecta la salud física y mental del trabajador y contraviene normas de salud ocupacional. Además, cualquier norma sobre uso de baños debe estar claramente establecida en el reglamento interno y respetar el derecho humano esencial de acceso oportuno al baño. 

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Modificado por última vez en Lunes, 11 Agosto 2025 19:56