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Precisiones de la SuperSociedades sobre la inasistencia de accionistas a reuniones del máximo órgano social

Escrito por  Ene 16, 2026

La SuperSociedades precisa que la inasistencia prolongada de accionistas mayoritarios puede ser causal de disolución de una S.A. si genera parálisis e imposibilidad de desarrollar el objeto social (Art. 218 #2 C.Co.). En ese caso, puede acudirse a un proceso judicial de disolución (Art. 524 C.G.P.). Sin embargo, la minoría no puede solicitar la transformación a S.A.S. por vía judicial/administrativa, ni existen procedimientos para que adopten decisiones válidas de reforma estatutaria sin la participación de los mayoritarios ausentes. Esta inoperancia sí configura una causal de disolución.

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Modificado por última vez en Jueves, 15 Enero 2026 19:22