La Superintendencia de Sociedades explicó que los establecimientos de comercio -como bodegas u otros locales destinados a actividades empresariales- deben inscribirse en el registro mercantil administrado por las cámaras de comercio, en cumplimiento de las obligaciones legales del comerciante. Señaló que la matrícula del establecimiento debe solicitarse dentro del mes siguiente a su apertura y renovarse anualmente dentro de los tres primeros meses del año, con información básica como denominación, dirección, actividad económica y datos del propietario.