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¿Puede modificarse un contrato de mínima cuantía si la adición supera el límite previsto para esta modalidad de contratación?: Colombia Compra explica

Escrito por  Jun 16, 2026

Colombia Compra subrayó que la modificación de contratos estatales es una medida excepcional, no una regla. Se permite solo si garantiza el interés público, se basa en causas reales y sobrevinientes (no por deficiencias en la planeación inicial), y cumple estrictamente con las limitaciones y condiciones legales. Las adiciones al valor, como el límite del 50% sobre el valor inicial establecido por la Ley 80 de 1993, son aplicables a todas las modalidades contractuales, incluyendo mínima cuantía, incluso si el monto final excede el umbral de la selección original. Toda modificación debe constar por escrito y adherirse a los principios de la contratación estatal.

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Modificado por última vez en Lunes, 15 Junio 2026 17:28