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Ministerio de Ambiente precisa reglas para la prórroga y administración de concesión de aguas

Escrito por  Jul 02, 2026
El Ministerio de Ambiente precisó que las concesiones de aguas pueden ser prorrogadas, salvo por razones de conveniencia pública, y que la solicitud debe presentarse durante el último año de vigencia del permiso. Explicó que ni el Decreto-Ley 2811 de 1974 ni el Decreto 1076 de 2015 fijan un procedimiento específico para conceder la prórroga, por lo que corresponde a la autoridad ambiental competente establecer, en el acto administrativo que otorga la concesión, las condiciones para su renovación. Asimismo, reiteró que las Corporaciones Autónomas Regionales son las autoridades encargadas de otorgar, evaluar, controlar y hacer seguimiento a las concesiones de aguas y demás permisos ambientales, en ejercicio de la autonomía orgánica, financiera y funcional que les reconoce la Constitución y la ley, por lo que sus decisiones no pueden ser revocadas o modificadas por el Ministerio.
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Modificado por última vez en Miércoles, 01 Julio 2026 19:37