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La SSPD aclara los requisitos para que organizaciones de recicladores presten la actividad de aprovechamiento

Escrito por  Jul 07, 2026
El concepto de la SSPD, en respuesta a la solicitud de la Alcaldía de La Calera, aclara que el aprovechamiento es una actividad complementaria del servicio de aseo, aplicable a residuos ordinarios aprovechables. La prestación puede ser realizada por organizaciones de recicladores, quienes deben cumplir requisitos legales para su operación, sin necesitar autorización previa para su conformación. Para las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento (ECA), se exige cumplir con requisitos técnicos y operativos específicos (áreas cubiertas, básculas calibradas, programas de seguridad) y un proceso de registro ante la Superservicios (SUI), incluyendo la verificación por la entidad territorial. La Superservicios dispone de canales institucionales para atender y capacitar sobre estos procesos.
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Modificado por última vez en Lunes, 06 Julio 2026 19:56