La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios aclaró su rol sancionatorio y el procedimiento aplicable a las empresas vigiladas. Enfatiza que la entidad puede vigilar y castigar incumplimientos de la normativa que afecta a los usuarios, garantizando siempre el debido proceso. Las direcciones territoriales tienen funciones específicas de supervisión y atención al usuario, pero la imposición de sanciones es una facultad de niveles superiores. Además, las multas sucesivas, como medida coercitiva ante la rebeldía de una empresa, solo proceden cuando la obligación incumplida no es de carácter dinerario, usando para estas últimas el cobro coactivo.