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SuperSociedades precisa la obligatoriedad de designar un oficial de cumplimiento principal y su suplente bajo la Circular Externa 100-000020 de 2026

Escrito por  Oct 19, 2026

La Superintendencia de Sociedades precisó que la designación de un oficial de cumplimiento suplente es obligatoria para todos los sujetos obligados, de conformidad con la Circular Externa 100-000020 de 2026. Esta exigencia aplica tanto a las sociedades comerciales, empresas unipersonales, sucursales de sociedades extranjeras, confederaciones y cámaras de comercio que adquieren por primera vez dicha condición, como a quienes ya estaban sujetos a esta obligación bajo la normativa anterior. La medida busca garantizar la implementación y efectividad de los sistemas de autocontrol y gestión de riesgos de LA/FT/FP y C/ST. La designación del oficial de cumplimiento principal y su suplente corresponde a la junta directiva o al máximo órgano social, según sea el caso.

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Modificado por última vez en Domingo, 18 Octubre 2026 17:54