El Ministerio de Minas y Energía fijó el "Ingreso al Productor" (IP) como el precio base para liquidar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las importaciones de gasolina motor corriente y ACPM. Esta medida, vigente para la fecha de la Declaración de Importación, busca ofrecer certeza jurídica y armonizar la base gravable de los combustibles importados con la de los producidos nacionalmente. La decisión surge tras recientes cambios legales, como las Leyes 1819 de 2016 y 1955 de 2019, que reincorporaron estos combustibles al régimen del IVA. Con esta resolución, el Ministerio de Minas y Energía busca garantizar neutralidad entre las fuentes de abastecimiento, simplificar la operación y reducir cargas financieras, aplicando de manera consistente el impuesto en la cadena de suministro. La resolución no modifica tarifas ni exenciones.