La Superintendencia de Sociedades precisó el alcance de la Circular Externa 100-000020 de 2026 frente a la designación de oficiales de cumplimiento, las sociedades en procesos de intervención o liquidación y la transición de los sistemas SAGRILAFT y PTEE. La entidad aclaró que es obligatorio designar un oficial suplente, quien también está sujeto al límite máximo de atención de diez sujetos obligados. Asimismo, indicó que las sociedades en intervención o liquidación judicial, obligatoria o voluntaria están excluidas de las obligaciones de implementación de estos sistemas y del período mínimo de permanencia. Para las sociedades obligadas que ya cuentan con sistemas implementados, estableció que deben ajustarlos a la nueva regulación a más tardar el 31 de mayo de 2027; durante la transición, los sistemas, programas y actas previamente aprobados conservan su validez.