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Miércoles, 10 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través del concepto, la DIAN expuso que, las exclusiones en materia del impuesto sobre las ventas son taxativas y proceden únicamente cuando se cumplan con cada uno de los requisitos legales establecidos. En el caso de elementos o maquinaría para producción de energía se establece que, están excluidos

“La publicación, que contó con el respaldo del BID, recoge el proceso que llevó a consolidar la Transición Energética de Colombia como un referente mundial.” Die el comunicado publicado por el MinMinas.  

El Acto administrativo establece que será el Ministerio de Minas y Energía, o la entidad que este delegue, implementará y administrará el mecanismo de contracción en cuestión. La Entidad invita a la comunidad a que esté informada en todo momento sobre los acontecimientos y noticias relacionadas a la tercera subasta de Energías Renovables.

A través del acto administrativo se ordenó el giro por valor de $14.920.776.083, a los siguientes comercializadores dé energía eléctrica con el fin de. destinarlos a los usuarios ubicados en las Áreas Especiales de acuerdo con las especificaciones de la tabla descriptica que hace parte integral del documento publicado pro la entidad.

A través del acto administrativo se ordena el pago el pago de M/CTE $4.519.929.631 a las Empresas Prestadoras del Servicio por concepto de pago parcial de subsidios del primer trimestre de 2021 (mes enero) a los usuarios ubicados en las localidades de las ZNI, con cargo a la distribución de recursos para pagos por menores tarifas del sector eléctrico, con base en la distribución efectuada por la Dirección de Energía Eléctrica.