Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Reiteración de jurisprudencia del Consejo de Estado sobre la configuración del hecho generador de la plusvalía

Escrito por  Abr 19, 2022

 De acuerdo con lo indicado en la presente Providencia, “para que se produzca el hecho generador de la plusvalía, se requiere de una decisión administrativa de carácter general que contenga una acción urbanística conforme con el POT y con los instrumentos que lo desarrollen, junto con la autorización específica para destinar el inmueble a un uso más rentable, o para incrementar

el aprovechamiento del suelo permitiendo una mayor área edificada. En el caso del hecho generador consistente en la autorización de un mayor aprovechamiento del suelo, el artículo 77 de la Ley 388 de 1997 dispone la necesidad de comparar la norma anterior a la acción urbanística que da lugar a un mayor valor del suelo, con la norma que genera ese mayor aprovechamiento: (…) Mediante el Decreto Distrital 075 del 20 de marzo de 2003, se desarrolló parcialmente el Plan de Ordenamiento Territorial – POT sobre las unidades de planeamiento zonal UPZ El Refugio-Chicó Lago, a la cual pertenecen los predios objeto de liquidación de plusvalía”.

Descargar documento

Modificado por última vez en Lunes, 18 Abril 2022 18:22