La Contraloría General de la República reiteró su doctrina sobre los procesos administrativos sancionatorios fiscales tras la Sentencia C-209 de 2023 de la Corte Constitucional, que declaró inexequibles varios artículos del Decreto Ley 403 de 2020 y revivió los artículos 99 a 104 de la Ley 42 de 1993. La entidad explicó que, desde el 9 de junio de 2023, los procesos en trámite o por iniciar deben someterse a un análisis de legalidad y favorabilidad para verificar si las conductas investigadas bajo el Decreto 403 continúan tipificadas en la normativa revivida. Si la conducta dejó de ser sancionable, procede el archivo del proceso. La CGR precisó que las actuaciones ya consolidadas conservan su validez y que los despachos deben expedir un auto de adecuación normativa para ajustar los trámites a las nuevas reglas aplicables.