El II Congreso ANH “Estrategias Energéticas para Colombia” se llevará a cabo en Cartagena, convirtiendo a la ciudad en el epicentro del debate sobre el futuro energético nacional. Este evento reunirá a líderes del sector, expertos, autoridades y actores territoriales para discutir los desafíos y oportunidades de una transición energética justa, ordenada y sostenible. Durante dos días se abordarán temas como innovación, diversificación energética, gobernanza, políticas públicas y equidad, promoviendo una visión integral que combine seguridad energética, desarrollo sostenible y responsabilidad ambiental.
La CREG explica que los excedentes de energía entregados a la red por sistemas de autogeneración con fuentes no convencionales se valoran mediante un Crédito de Energía, que consiste en permutar la energía excedente acumulada hasta igualar la energía importada en el período de facturación. Los excedentes que superen esta importación se remuneran al precio horario de bolsa. La comercializadora puede cobrar un costo de comercialización sobre la energía permutada, según Resolución CREG 119 de 2007. La CREG señala que la revisión de la aplicación correcta de estos cálculos corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD). Se recomienda seguir con ese organismo ante inconsistencias.
El Consejo de Estado decidió acumular los procesos contra la Resolución CREG 010 de 30 de enero de 2020, por la cual se establece el régimen transitorio especial en materia tarifaria para la región Caribe, al encontrar que se reúnen los requisitos previstos en el Código General del Proceso. Los procesos se encuentran en la misma instancia, deben tramitarse por el mismo procedimiento, y tienen pretensiones conexas dirigidas a la nulidad de la misma resolución. Además, las partes demandadas son las mismas —la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)— y las excepciones de mérito se basan en hechos comunes. La acumulación facilitará un trámite uniforme y eficiente, evitando decisiones contradictorias y asegurando una adecuada administración de justicia.
El informe presenta resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) relacionadas con energía eléctrica y gas natural. En energía eléctrica, se resuelven recursos de reposición de varias empresas, y se establecen metas de calidad media para el sexto año del periodo tarifario según la Resolución CREG 015 de 2018 para distintas distribuidoras. En gas natural y GLP, se aprueban mercados relevantes de distribución y cargos por uso del sistema para varios municipios en departamentos como Santander, Tolima y otros. También se resolvieron recursos de reposición interpuestos por ALCANOS DE COLOMBIA S.A. E.S.P. y el Departamento Nacional de Planeación contra resoluciones previas, además de aprobar cargos para la distribución de GLP por redes de tubería en mercados específicos.
La resolución aprueba el cambio de representación ante el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC) de los activos objeto de la convocatoria UPME 09-2016, que forman parte del Sistema de Transmisión Nacional. Intercolombia S.A. E.S.P. reemplaza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. como representante de estos activos, asumiendo los derechos y obligaciones normativas correspondientes. Este cambio no implica modificaciones en la base de activos ni en los ingresos aprobados. La decisión se basa en la operación comercial completa del proyecto y en el cumplimiento de normativas sobre remuneración y calidad del servicio. La resolución fue revisada y aprobada electrónicamente por las autoridades competentes y notificada a las partes involucradas.