La CGR responde que es posible ejecutar obras públicas durante un proceso de responsabilidad fiscal en investigación, ya que dicho proceso se centra exclusivamente en hechos específicos relacionados con un posible detrimento patrimonial y no limita la ejecución de planes o proyectos alejados de la investigación. La Contraloría General de la República ejerce vigilancia y control fiscal sin coadministrar ni dirigir a las entidades públicas, preservando su autonomía administrativa. Así, la administración puede continuar con sus actividades, siempre que estas no interfieran con la investigación ni se conviertan en una coadministración prohibida constitucionalmente.