La CGR tiene competencia para pronunciarse sobre la legalidad de los actos administrativos vigentes, incluso si han sido proferidos por otras entidades públicas, siempre que estos actos puedan afectar el patrimonio público. La entidad puede ejercer control de legalidad en el marco de sus funciones de vigilancia y control fiscal. Un acto administrativo que no ha sido declarado nulo por la jurisdicción contencioso-administrativa puede aún causar daños patrimoniales al Estado si, por ejemplo, genera un gasto indebido o detrimento. Además, una decisión judicial que ordene no devolver pagos realizados, aun si esos pagos fueron reconocidos por una norma que posteriormente fue declarada nula, puede causar un daño al patrimonio público, en la medida en que implica la pérdida de recursos del Estado.