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Para la Sala, La Resolución 00336 de 13 de abril de 2020 es un acto administrativo expedido por una autoridad del orden nacional, en atención a la naturaleza jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. propias de esa entidad.

El Consejo de Estado, mediante un auto emitido recientemente, avocó conocimiento del medio de control inmediato de legalidad de la Resolución CRA 911 de 17 de marzo de 2020, por la cual se establecen medidas regulatorias transitorias en el sector de agua potable y saneamiento básico, derivadas de la emergencia declarada por el Gobierno Nacional a causa del COVID-19 ”.

Para la Sala, la Resolución 410593 de 2020 emitida por el ministerio de Minas, es un acto administrativo que define situaciones de contenido particular y concreto en relación con específicas y determinadas empresas prestadoras de servicios públicos, incluidas algunas entidades territoriales, asociaciones

El Consejo de Estado no avoca conocimiento de control de legalidad del Decreto N°531 del 8 de abril de 2020, “por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público”.

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Dada la evidente relación de conexidad entre las Resoluciones 058, 064, 108 y 118 de 2020, emitidas por la CREG, en cuanto al pago de facturas del servicio de energía eléctrica, el Despacho considera pertinente remitir este asunto al magistrado Guillermo Sánchez Luque, para que decida sobre la acumulación.

Para la Sala, a efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, los derechos fiduciarios son representativos de los activos subyacentes del patrimonio autónomo y, por ello, tienen la calidad y naturaleza tributaria de tales activos, de manera que el fideicomitente titular de tales derechos fiduciarios conserva, a través de estos, las características de aquellos.

Una, es la corrección en bancos, prevista en el artículo 588 del Estatuto Tributario, que procede, en general, con el fin de aumentar el valor a pagar o disminuir el saldo a favor. El otro es el consagrado en el artículo 589 del Estatuto Tributario, que procede, en términos generales, cuando se disminuye el valor a pagar o se aumenta el saldo a favor en la declaración privada, en donde el contribuyente, responsable o agente retenedor debe presentar la solicitud a la Administración de Impuestos y Aduanas

El Consejo de Estado se pronunció sobre el proceso para las correcciones tributarias estableciendo que, los contribuyentes, responsables o agentes retenedores podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos,

Mediante el Acuerdo 14 de 2009, el Concejo Municipal de Tocancipá autorizó el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción del plan de obras que allí se establece. La Sala revoca la sentencia apelada y anula, parcialmente, la Resolución 00095 del 24 de mayo de 2010, en cuanto asignó la contribución de valorización por beneficio local establecida en el Acuerdo Municipal 14 de 2009.

La Sala encuentra justificada la restricción del derecho a la locomoción con el fin de proteger la salud y vida del demandante, por cuenta de la emergencia sanitaria en la que el Gobierno restringió la movilidad de los adultos mayores y evitar la propagación del Covid-19.