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Sección 4

Sección 4 (1500)

“El artículo 500 del Decreto 390 de 2016, establece la facultad de fiscalización de la DIAN con el objeto de verificar la legalidad de las operaciones de comercio exterior, la que puede ser integral con el ánimo de constatar el cumplimiento de las obligaciones de naturaleza tributaria y cambiaria. Cuando dentro del proceso de fiscalización se observa una

La Sala cita el artículo 670 del ET, el cual determina que “las devoluciones o compensaciones de los saldos a favor de los contribuyentes no constituyen un reconocimiento definitivo sobre la existencia o validez del saldo a favor, en la medida en que las autoliquidaciones en que se determinan permanecen a disposición de la autoridad para su revisión. De ahí que la

La Sala concluyó que “conforme con el artículo 705-1 del E.T., el término de firmeza de las declaraciones de IVA y retenciones, es el mismo que corresponda al de la declaración de renta del año gravable. Pero en los casos en los cuales existe saldo a favor que se pide en devolución, el término de firmeza de la declaración se cuenta a partir de esa solicitud”.

“Esta Corporación ha precisado que la contribución de los contratos de obra pública se encuentra dispuesta en el artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, como un tributo destinado a la seguridad pública, cuyo «hecho generador de la contribución de los contratos de obra pública se realiza sobre los contratos de obra que se celebren con entidades de derecho público,

“De acuerdo con el criterio de esta Sala, la técnica contable establecida en el Decreto 2649 de 1993 hace que las inversiones amortizables en la etapa de exploración de hidrocarburos sean registradas contablemente como activos diferidos, los cuales son susceptibles de incrementar el patrimonio de los contribuyentes. En consecuencia, le son aplicables lo

“No es posible aplicar el criterio de la conexidad entre la obra y la destinación del inmueble para determinar la naturaleza del contrato y establecer si se trata de un contrato de obra pública o de exploración y explotación de recursos naturales”. La Sala reiteró que “los contratos de obra pública y los de exploración y explotación de recursos naturales son contratos

 Para la Sala, “conforme al artículo 829-1 del ET, en el procedimiento administrativo de cobro no podrán debatirse cuestiones que debieron ser objeto de discusión en la vía gubernativa, norma que aplica en este caso, en virtud de la remisión hecha por el numeral 4.3 del citado Manual de Cobro Coactivo”.

“Sobre los efectos de los procesos de fusión societaria, la Sala precisó lo siguiente: El artículo 14-1 del Estatuto Tributario, establecía  que las fusiones societarias no implicaban enajenación entre las partes intervinientes, por lo que no estaba gravada con el impuesto sobre la renta la transferencia y adquisición de activos, pasivos y derechos de la sociedad

La Sala cita una providencia del 15 de julio de 2021, en la que esta Corporación resolvió negar las pretensiones de una demanda. Decisión que tiene incidencia directa en el presente proceso, porque los actos administrativos que determinaron que los autobuses importados por la sociedad demandante no eran originarios de México, son el fundamento de aquellos

La Sala cita el artículo 1 del Decreto 4910 de 2011, reglamentario de la Ley 1429 de 2010,  a través de cual son beneficiarios de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y complementarios, entre otras, las nuevas pequeñas empresas, esto es, las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho, obligadas a matricularse en el registro mercantil,