Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Domingo, 14 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La Entidad señala que para la modificación de proyectos con capacidad de transporte asignada se debe tramitar nueva solicitud ante la UPME según Resolución 528 de 2021. No hay regulación específica sobre almacenamiento en la agenda regulatoria 2025, pero sí proyectos para modernización del mercado mayorista (despacho vinculante e intradiario). La CREG aclara que baterías hibridadas a parques solares no son proyectos independientes pues su operación depende de la generación solar. Además, por el desarrollo prolongado de almacenamiento, se debe confirmar su inclusión antes de operación del parque solar. El concepto enfatiza la coordinación con UPME para asignación de capacidad.

Cada usuario puede ser autogenerador individualmente o, si el área común se constituye como usuario independiente, actuar como único generador. Para instalaciones que beneficiarán toda la comunidad, es necesaria la aprobación del 70% de los copropietarios. Si un propietario instala paneles sin permiso, no afecta automáticamente los derechos de los demás, quienes deben regirse por el reglamento interno y las mayorías definidas. La CREG sólo regula en aspectos técnicos y comerciales de energía, no en decisiones internas de copropiedad.

Se destacan: la creación de un Comité Tripartito formal, un lineamiento nacional para relacionamiento social con comunidades, y la implementación de proyectos como gasificación rural para 5,000 conexiones, instalación de 800 módulos solares y tres granjas solares de 1 MW. Se fortaleció la coordinación interinstitucional para agilizar trámites y mitigar conflictos, estableciendo una arquitectura de Gobernanza Territorial para asegurar la participación efectiva de las comunidades wayuu en todas las etapas de los proyectos, garantizando así una verdadera Transición Energética Justa con legitimidad social y territorial.

El Ministerio de Minas y Energía, liderado por el ministro Edwin Palma, propone incluir a comunidades indígenas como miembros y accionistas en las juntas directivas de los proyectos eólicos y solares en La Guajira. Esta iniciativa, respaldada por autoridades wayuu y empresas del sector, busca fortalecer la transición energética justa (TEJ) garantizando la participación efectiva de los pueblos originarios y distribuyendo equitativamente las riquezas generadas. La medida responde a conflictos previos y retrasos en consultas y licenciamientos, promoviendo un modelo de desarrollo energético que integre a las comunidades desde sus territorios, con respeto a sus derechos colectivos y fortalecimiento organizativo.

 El Gobierno anunció que próximamente expedirá una resolución para distribuir 1.5 billones de pesos del SGR como incentivo a la producción en 208 municipios de 25 departamentos, incluyendo siete de La Guajira. Estos municipios recibirán recursos para impulsar proyectos de energía limpia, electrificación rural, infraestructura y servicios básicos. La iniciativa busca cerrar brechas sociales y fortalecer la transición energética social, con apoyo del Ministerio de Minas y Energía y cofinanciación territorial. Este esfuerzo se enmarca en la meta nacional de 6GW Plus y promueve una distribución más justa de la riqueza generada por los recursos naturales del país.