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Jueves, 11 Junio 2026

Edición 1655 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El proyecto de ley busca “aumentar el rango de subsistencia o consumo básico actual en aproximadamente un 25% a los servicios de energía eléctrica y gas combustible hasta el 31 de diciembre del año 2023” .De acuerdo con la iniciativa, en desarrollo de la emergencia sanitaria, se ordenó a los colombianos permanecer en sus hogares con medidas de aislamiento para

El proyecto de Acuerdo presentado ante el Concejo de Bogotá fija los lineamientos para que la Administración Distrital garantice el acceso al mínimo vital del servicio público de energía eléctrica. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Hábitat y en la medida en que cuente con disponibilidad presupuestal para ello, promoverá el acceso al mínimo vital

De acuerdo con el concepto de la CREG, en el punto de conexión, que debe coincidir con el punto de medición, se registran las transacciones para determinar las obligaciones comerciales entre los distintos agentes involucrados en la cadena de prestación del servicio de energía eléctrica, sin considerar las pérdidas de energía entre el punto físico de generación y el punto de conexión,

“La actividad de generación es a cuenta y riesgo de los inversionistas, por lo cual la Comisión no administra información de desarrollo de proyectos de generación. En todo caso, algunos de los datos son públicos y pueden ser consultados en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME.” Así quedó dispuesto en el concepto publicado por la CREG.

A través del concepto publicado por la CREG se aclaró que las resoluciones mediante las cuales se aprueban cargos a empresas, en aplicación de las mencionadas metodologías, son el resultado de actuaciones administrativas particulares que resultan en actos administrativos que existen a partir de su aprobación por parte de la Comisión.