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prensa juridica

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La CREG publicó un Proyecto de Resolución para recibir observaciones del sector y la ciudadanía. Esta iniciativa busca unificar, actualizar y simplificar las normas vigentes sobre los derechos y deberes de los usuarios de energía eléctrica, gas por red y GLP. El texto introduce reglas claras para la Infraestructura de Medición Avanzada (AMI), define la atención a autogeneradores y establece esquemas diferenciales de prestación, medición comunitaria y facturación flexible para zonas especiales o rurales de difícil acceso. Con esto, el ente regulador busca compilar en un solo estatuto las disposiciones dispersas y mejorar la relación entre empresas y clientes.

La CREG propuso adicionar la Resolución 101094 de 2025 para ampliar transitoriamente el plazo para que Proyectos con Obligaciones del sector energético presenten solicitudes de asignación de capacidad de transporte. Esta medida responde al retraso de la UPME en publicar procedimientos e información básica, afectando los tiempos previstos para radicar solicitudes. Con la adición, los interesados tendrán 30 días calendario tras la publicación de resultados de adjudicación para cumplir este requisito, garantizando seguridad jurídica y confianza. El proyecto está en consulta pública para recibir aportes antes de su aprobación final.

La ANM puso en operación la Plataforma de Trazabilidad de Minerales (PTM), una innovadora herramienta tecnológica que transforma el control del sector en Colombia. El nuevo sistema digital, activo desde el 19 de mayo, permite realizar un seguimiento estricto a las transacciones de minerales en toda la cadena, desde su origen en el subsuelo hasta la comercialización final. La ANM destacó que la iniciativa integra información estratégica para combatir la ilegalidad, optimizar el recaudo y proteger las regalías regionales. Con el respaldo del Gobierno, el ente rector aseguró que esta plataforma promueve la transparencia y beneficia directamente a los mineros formales, consolidando un modelo de explotación moderno, seguro y responsable.

 La SIC emitió un concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de decreto del Ministerio de Vivienda. El organismo técnico avaló las medidas regulatorias que buscan unificar el tope de la Vivienda de Interes Social (VIS) en 135 salarios mínimos, eliminando el régimen excepcional de 150 salarios mínimos en aglomeraciones urbanas. La SIC destacó como un avance clave para la transparencia que los precios de los inmuebles se tasen obligatoriamente en pesos colombianos desde la preventa y no en salarios mínimos , eliminando así la incertidumbre financiera para los hogares vulnerables. Adicionalmente, el ente asumirá facultades de inspección y vigilancia para asegurar la protección al consumidor. 

El Ministerio de Ambiente precisó que para que procedan los estudios y licencias conjuntas se requiere los siguientes requisitos: 1. Debe tratarse de titulares mineros de áreas vecinas o aledañas. 2. Que cuenten o no con un plan conjunto de exploración y explotación, esto es, que se haya realizado o no una integración de áreas. En suma, la normatividad minera y ambiental establecen la posibilidad de que los titulares mineros que cuente con licencia ambiental adecuen sus instrumentos ambientales a las condiciones particulares de la obra o actividad que adelantan, no obstante, deben concurrir las condiciones y elementos mencionados en las normas acá indicadas.

La DIAN aclaró que no está facultada para clasificar el biogás y biometano producidos a partir de biomasa como combustibles fósiles sujetos al Impuesto Nacional al Carbono (INC) o como biocombustibles exentos, ya que esta competencia corresponde al Ministerio de Minas y Energía. El INC grava los combustibles fósiles para desincentivar su uso ambientalmente perjudicial, mientras que la legislación excluye de este impuesto a biocombustibles destinados a mezclas con ACPM para motores diésel, bajo ciertos requisitos. La DIAN enfatiza que la definición legal y técnica de estos combustibles, fundamental para el impuesto, está en manos del Ministerio, conforme a su competencia normativa. De esta forma, la doctrina de la DIAN no puede suplir dicha función técnica y normativa.

La CREG aclaró los procedimientos normativos que los Operadores de Red (OR) deben seguir para ejecutar reconfiguraciones físicas y permanentes en el Sistema de Transmisión Regional (STR). El organismo regulador enfatizó que estas modificaciones operativas no pueden realizarse de forma arbitraria, sino que deben estar plenamente justificadas bajo criterios de eficiencia, seguridad y confiabilidad del servicio. La CREG precisó que cualquier intervención permanente en las redes obliga a los operadores a reportar y coordinar los cambios ante el Centro Nacional de Despacho (CND), sometiéndose estrictamente al Código de Redes y al Reglamento de Distribución vigentes para evitar alteraciones indebidas.

Colombia Compra Eficiente aclaró que las corporaciones autónomas regionales (CAR) están sometidas al régimen general de contratación estatal previsto en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, por lo que deben aplicar los documentos tipo cuando el proceso contractual y el objeto de la obra se ajusten a los supuestos definidos por la Agencia. Además, recordó que actualmente están vigentes documentos tipo para sectores como infraestructura de transporte, agua potable, saneamiento básico, infraestructura social, consultoría, interventoría, convenios solidarios y gestión catastral, los cuales solo pueden modificarse en los apartes expresamente autorizados. Frente a CARDIQUE, precisó que la entidad debe verificar si el objeto contractual encaja en las matrices de experiencia y modalidades previstas en los documentos tipo; de ser así, su aplicación es obligatoria.